Cada mes tengo una reunión de amigas que es revitalizante (muy recomendable) en la que hablamos de nuestros problemas, de cosas curiosas, que nos hacen reir o llorar… cada una tiene su especialidad, la mía es el tema dinero o finanzas, en este contexto llegó una pregunta: ¿Qué es una “quita”? se que muchos de ustedes ya saben lo que es, pero se utilizan términos en las noticias que se dan por hecho y no es así. Le vine a decir que es la parte que el acreedor “perdona” al deudor de mutuo acuerdo, pero que esto te penaliza a la hora de obtener créditos futuros. Para una definición más completa os remito al link: http://www.cuida-tu-dinero.com/que_es_una_quita.php
Texto a destacar:
La definición formal de Quita es la que sigue:
QUITA
- Convenio entre acreedor y deudor por el que el deudor paga una parte de su deuda al acreedor y donde el acreedor renuncia a su derecho sobre el resto de la deuda aceptando el quebranto causado.
- Petición formal de un deudor a sus acreedores para que estos rebajen la deuda.
- Remisión o liberación que hace el acreedor al deudor de la deuda o de parte de ella.






